LEY 7877 – Día del empleado Legislativo
(LEY GENERAL VIGENTE)
Sancionada: 11/06/08.
Promulgada: 16/07/08 B.O.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º- Establécese el día 06 de julio de cada año como fecha conmemorativa del Día del Empleado Legislativo en la Provincia.
ARTÍCULO 2º- Declárese día no laborable para el personal legislativo, el primer viernes posterior al día 06 del mes de julio de cada año.
ARTÍCULO 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los once días del mes de junio del año dos mil ocho.
Cristian L. Racconto
Vicegobernador
Presidente del Senado
Mariano Godoy Lemos
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
Autor: Senador Juan Carlos Navarro
HONORABLE CÁMARA DE SENADORES – Expte. 49795/05
El 21 de julio de 2005 se presenta el proyecto con sus fundamentos.
El 26 de julio de 2005 toma Estado Parlamentario
El expediente es girado para su análisis a la Comisión de Asuntos Sociales y Trabajo.
El 06 de diciembre de 2005 la H. Cámara, en sesión ordinaria, le da media sanción.
Posteriormente el expediente se giró a la H. Cámara de Diputados para su tratamiento.
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS – Expte. 41128/05
El 13 de diciembre de 2005 ingresa el proyecto con media sanción de Senadores
El 21 de diciembre de 2005 se realiza la sesión de Diputados y el expediente es enviado a la Comisión de Desarrollo Social para su análisis.
El 11 de junio de 2008, la H. Cámara de Diputados finalmente la da la media sanción definitiva, convirtiendo el proyecto en Ley.
El 16 de julio de 2008 el PODER EJECUTIVO promulga la Ley Nº 7877 publicándola en el Boletín Oficial.